Si diriges una residencia de mayores, necesitas saber cuánto cuesta cada profesional de tu plantilla para presupuestar correctamente. Si trabajas en una, necesitas saber si te están pagando lo que marca el convenio. En ambos casos, las tablas salariales son el punto de partida.
Este artículo recoge los salarios orientativos por grupo profesional según el VII Convenio Marco Estatal de Servicios de Atención a Personas Dependientes, los complementos salariales más habituales (nocturnidad, festivos, antigüedad) y las diferencias que puede haber entre comunidades autónomas. Si necesitas el detalle de jornada, descansos y turnos, lo tienes en el artículo sobre el convenio colectivo.
1.Cómo funcionan los grupos profesionales en residencias
El convenio colectivo clasifica a los trabajadores de residencias en grupos profesionales según su formación y funciones. Cada grupo tiene un salario base distinto. El convenio estatal establece los mínimos; los convenios autonómicos o de empresa pueden mejorarlos, pero nunca empeorarlos.
Los grupos habituales son:
Grupo 0 — Dirección. Director/a del centro, subdirector/a. Requiere titulación universitaria y habilitación según la normativa autonómica.
Grupo 1 — Profesionales titulados. Médico/a, psicólogo/a, trabajador/a social, terapeuta ocupacional, fisioterapeuta, enfermero/a (DUE/graduado). Requiere titulación universitaria específica.
Grupo 2 — Personal técnico. Auxiliar de enfermería (TCAE), animador/a sociocultural, técnico en actividades socioculturales. Requiere FP de grado medio o superior.
Grupo 3 — Personal de atención directa. Gerocultor/a, auxiliar de atención directa. Requiere Certificado de Profesionalidad SSCS0208 o FP de TAPSD.
Grupo 4 — Servicios generales. Cocinero/a, ayudante de cocina, personal de limpieza, lavandería, mantenimiento, conductor/a. Formación variable según el puesto.
Grupo 5 — Administración. Administrativo/a, recepcionista, auxiliar administrativo. FP administrativo o experiencia equivalente.
Algunos convenios autonómicos agrupan de forma ligeramente distinta, pero la estructura es esencialmente la misma en todo el Estado.
2.Tabla salarial por grupo profesional 2026
Estos son los rangos salariales orientativos para cada grupo profesional en 2026, expresados en bruto mensual en 14 pagas (salario base sin complementos). Los rangos reflejan la variación entre convenio estatal, convenios autonómicos y convenios de empresa.
Grupo 0 — Dirección - Director/a de centro: 2.200 € – 2.800 €/mes - Subdirector/a: 1.800 € – 2.300 €/mes
Grupo 1 — Profesionales titulados - Médico/a: 2.000 € – 2.600 €/mes - Enfermero/a (DUE): 1.600 € – 2.100 €/mes - Psicólogo/a: 1.600 € – 2.000 €/mes - Trabajador/a social: 1.500 € – 1.900 €/mes - Fisioterapeuta: 1.500 € – 2.000 €/mes - Terapeuta ocupacional: 1.400 € – 1.800 €/mes
Grupo 2 — Personal técnico - Auxiliar de enfermería (TCAE): 1.250 € – 1.500 €/mes - Animador/a sociocultural: 1.200 € – 1.450 €/mes
Grupo 3 — Personal de atención directa - Gerocultor/a: 1.100 € – 1.350 €/mes
Grupo 4 — Servicios generales - Cocinero/a: 1.150 € – 1.400 €/mes - Ayudante de cocina: 1.050 € – 1.250 €/mes - Limpieza / lavandería: 1.050 € – 1.200 €/mes - Mantenimiento: 1.100 € – 1.300 €/mes
Grupo 5 — Administración - Administrativo/a: 1.300 € – 1.600 €/mes - Auxiliar administrativo/a: 1.100 € – 1.350 €/mes
Estos importes son salario base bruto. El salario total es mayor cuando se suman los complementos (sección siguiente). Todos los datos son orientativos — el salario exacto depende del convenio aplicable en tu comunidad autónoma y del convenio de empresa si lo hubiera.
Consejo: Si tu empresa aplica el convenio estatal sin mejora, estos mínimos son tu referencia. Si aplica un convenio autonómico (frecuente en Cataluña, País Vasco, Madrid), los salarios suelen ser un 5-15% superiores.
3.Complementos salariales: nocturnidad, festivos, antigüedad y turnicidad
Los complementos son la parte variable del salario y pueden suponer entre un 15% y un 30% adicional sobre el salario base, especialmente para el personal que trabaja en turnos rotativos.
Nocturnidad
Es el complemento más significativo para el personal de atención directa. Se aplica a las horas trabajadas entre las 22:00 y las 06:00. El porcentaje varía según el convenio:
- Convenio estatal: entre el 20% y el 25% del salario base por hora nocturna. - Algunos convenios autonómicos: hasta el 30%. - Trabajadores en turno de noche fijo: algunos convenios establecen un plus mensual fijo en lugar de un porcentaje por hora.
Festivos
Plus por jornada trabajada en día festivo del calendario laboral. Los importes habituales oscilan entre 30 € y 60 € por día festivo trabajado, dependiendo del convenio. Algunos convenios ofrecen la opción de compensar con día libre en lugar de retribución económica.
Antigüedad (trienios)
Cada tres años de permanencia en la empresa, el trabajador percibe un incremento salarial consolidado. El incremento habitual es del 3% al 5% del salario base por trienio. Es acumulativo: un trabajador con 9 años tiene 3 trienios.
Turnicidad
Algunos convenios reconocen un plus mensual por trabajar en sistema de turnos rotativos (mañana-tarde o mañana-tarde-noche). No todos los convenios lo incluyen. Cuando existe, suele oscilar entre 30 € y 80 €/mes.
Otros complementos
- Transporte: algunas empresas compensan el desplazamiento, especialmente en centros fuera de núcleo urbano. - Vestuario: si la empresa no proporciona uniforme, puede existir compensación. - Responsabilidad: plus para coordinadores de planta o turno sin puesto de mando formal.
Consejo: Para presupuestar la plantilla, aplica un 20-25% adicional sobre el salario base como estimación de complementos. Si tu cuadrante tiene muchas noches y festivos, ese porcentaje puede subir al 30%.
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Descubre cómo ahorran tiempo otras residencias4.Del salario bruto al neto: qué se lleva realmente el trabajador
Las tablas salariales siempre expresan importes brutos — antes de retenciones. Para estimar el salario neto (lo que llega a la cuenta) hay que descontar:
Seguridad Social del trabajador: aproximadamente un 6,35% del salario bruto (contingencias comunes 4,70%, desempleo 1,55%, formación profesional 0,10%).
IRPF: varía según el salario total anual, la situación familiar y la comunidad autónoma. Para los tramos salariales habituales en residencias:
- Salario bruto anual de 15.000 € – 18.000 €: retención IRPF del 8% – 12%. - Salario bruto anual de 18.000 € – 24.000 €: retención IRPF del 12% – 16%. - Salario bruto anual de 24.000 € – 35.000 €: retención IRPF del 16% – 20%.
Ejemplo práctico: gerocultor con turno rotativo
- Salario base: 1.200 €/mes brutos × 14 pagas = 16.800 € brutos/año - Complementos (nocturnidad + festivos): ~3.000 €/año - Bruto anual total: ~19.800 € - Seguridad Social (-6,35%): -1.257 € - IRPF estimado (-12%): -2.376 € - Neto anual estimado: ~16.167 € → ~1.347 €/mes en 12 pagas
Este es un cálculo orientativo. El IRPF exacto depende de la situación personal del trabajador (hijos, discapacidad, comunidad autónoma).
5.Diferencias salariales por comunidad autónoma
No todos los profesionales de residencias cobran lo mismo en toda España. Las diferencias se deben a tres factores:
1. Convenio autonómico vs. estatal. Comunidades como Cataluña, País Vasco, Madrid y Navarra tienen convenios sectoriales propios que mejoran las condiciones del convenio estatal. En estas comunidades los salarios base suelen ser entre un 5% y un 15% superiores al mínimo estatal.
2. Coste de vida. Las empresas en comunidades con mayor coste de vida (Madrid, Barcelona, País Vasco) tienden a ofrecer mejores condiciones para atraer y retener personal, independientemente del convenio.
3. Convenio de empresa. Grandes grupos residenciales (DomusVi, Ballesol, Orpea/Emeis, Vitalia) suelen tener convenios de empresa propios que mejoran el sectorial. Un gerocultor del mismo grupo puede cobrar diferente según el centro y la comunidad autónoma.
Orientación de diferencias por CCAA (gerocultor, salario base + complementos):
- País Vasco / Navarra: rango alto — 1.400 € – 1.600 €/mes brutos - Cataluña / Madrid: rango medio-alto — 1.300 € – 1.500 €/mes brutos - Com. Valenciana / Andalucía / Aragón: rango medio — 1.200 € – 1.400 €/mes brutos - Galicia / Castilla y León / Extremadura: rango medio-bajo — 1.150 € – 1.350 €/mes brutos
Estas diferencias se aplican de forma proporcional al resto de grupos profesionales. Un enfermero en País Vasco puede cobrar un 10-15% más que en Galicia por el mismo puesto.
Consejo: Si estás buscando empleo en el sector, las diferencias salariales entre comunidades no siempre compensan cuando se ajustan por coste de vida. Un salario de 1.300 € en Zamora puede dar más capacidad adquisitiva que 1.500 € en Barcelona.
6.Cómo afectan los turnos al coste salarial de la plantilla
Para el director o coordinador de una residencia, los turnos no solo determinan la cobertura asistencial — también determinan el coste de la nómina. Un cuadrante mal diseñado puede disparar el gasto en complementos sin mejorar la atención.
Nocturnidad como multiplicador de coste. Cada hora nocturna cuesta un 20-30% más. Si el cuadrante asigna más personal del necesario al turno de noche (por ejemplo, por no ajustar bien los ratios de cobertura mínima), estás pagando un sobrecoste innecesario.
Festivos acumulados. Si el cuadrante no reparte los festivos de forma equitativa, algunos trabajadores acumulan muchos (y sus complementos), mientras otros trabajan pocos. Esto genera desequilibrios en nómina y conflictos laborales.
Horas extra por mala planificación. Cuando un cuadrante tiene huecos de cobertura, se recurre a horas extra (que se pagan al 175%) o a ETT (que facturan un 30-50% más que el coste de plantilla propia). Un solo hueco no previsto puede costar más que el software que lo habría evitado.
Ejemplo de impacto:
Residencia de 80 plazas, 25 gerocultores con turno rotativo: - Coste base mensual de plantilla de gerocultores: ~30.000 € – 37.500 € brutos - Complementos de nocturnidad y festivos: +5.000 € – 8.000 €/mes - Si hay 2 coberturas extra con ETT al mes: +1.500 € – 2.000 €/mes
Automatizar el cuadrante no ahorra en salarios base, pero sí optimiza los complementos y elimina las coberturas de emergencia.
Consejo: Pide a tu asesoría laboral un desglose mensual de complementos por tipo (nocturnidad, festivos, horas extra). Si los complementos superan el 25% del coste base, probablemente hay margen de optimización en el cuadrante.
Conclusión
Las tablas salariales de residencias no son solo un dato para nóminas — son la base de la planificación financiera del centro. Saber cuánto cuesta cada profesional por grupo, qué complementos se aplican según el turno y cómo varía todo esto por comunidad autónoma es imprescindible para presupuestar correctamente y para que los trabajadores puedan verificar que cobran lo que les corresponde.
El convenio estatal marca los mínimos, pero la realidad salarial la determinan los convenios autonómicos, los de empresa y, sobre todo, la organización de los turnos. Un cuadrante bien hecho no solo cumple la ley — también controla los costes y reparte la carga de forma justa.
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